Pese a que no es muy conocido, existe un beneficio tributario que permite a quienes compren un bien inmobiliario recuperar parte de del Impuesto de Valor Agregado (IVA) pagado en el momento de comprar una propiedad.
El beneficio se encuentra en el artículo 27° BIS del Servicio de Impuestos Internos, y permite solicitar la devolución de crédito fiscal al adquirir un activo fijo como una propiedad.
Al acceder a tal beneficio, los inversionistas tienen la posibilidad que se les devuelva no la totalidad del 19% de IVA pagado, sino sólo entre el 12% al 16%, debido a que se deben descontar algunos gastos como el avalúo fiscal del terreno, entre otros.
En otras palabras, si se compra una propiedad por $70.000.000, el reembolso podría ser, en lo mínimo, de $8.400.000 hasta $11.200.000 aproximadamente, es decir, que con tal suma se puede prepagar parte del crédito hipotecario utilizado para adquirir la propiedad, y con eso reducir el dividendo.
Sin embargo, hay que cumplir con varios requisitos para ello y planificación, de lo contrario, se puede exponer a multas. Entre ellos, la propiedad debe ser entregada con factura, se puede comprar como persona natural con RUT y luego convertirse en Empresario Individual o Persona Natural con giro. El SII pide la razón social o RUT que solicita el beneficio, que el inmueble esté amoblado con los elementos necesarios para habitar, lo que se traduce en un sofá, cama, cortinas, focos, refrigerador, ropa de cama, platos y cubiertos.
Cabe destacar que el plazo para solicitar el reembolso de este beneficio es de 12 meses, y puede demorar hasta seis meses en ser devuelto.
Es un proceso tributario complejo, por lo que se requiere estar asesorado muy bien en estos temas para no equivocarse, lo ideal es ser asesorado por expertos y no se recomienda realizarlo por cuenta propia. Este beneficio busca que las personas naturales con giro puedan tener liquidez y ayudar a recuperar su inversión en el corto plazo, para que lo destinen a otras cosas. Es un trámite que debe iniciarse al momento de la compra y no después; se busca que la inversión del inmueble sea para generar un negocio. Hay que tener claro que al acceder a este beneficio los contribuyentes asumen obligaciones tributarias como hacer declaraciones mensuales de impuestos o declarar el formulario 22 de renta anual.
Fuente: LUN