¿Las mascotas son parte de tu familia? Te contamos qué dice la ley sobre la convivencia con ellas en espacios comunes

Mantener más de una mascota en un departamento es posible, siempre y cuando, estén los resguardos idóneos respecto a un buen pasar de  nuestros animalitos en los espacios comunes.

En un reciente fallo de la justicia se confirmó lo que señala la normativa sobre tenencia y hábitos de las personas, respecto a tenencia responsable de mascotas. Éste marcó un precedente, ya que son varias las personas que tienen más de una mascota, una tendencia que sin duda, llegó para quedarse.

El problema aparece cuando los vecinos de comunidades, principalmente departamentos, se quejan por ladridos constantes, falta de higiene y/o malos olores.

Sin embargo, en el caso de Violeta Armas, dónde la administración de su comunidad de departamentos le cursó una multa por mantener dos perros en su domicilio y le avisaron que debía quedarse con solamente uno de los perros, pues así estaba establecido en el reglamento, marcó un giro rotundo a los derechos de tenencia.

La persona presentó un recurso ante la Corte de Apelaciones y si bien, el caso aún no acaba, lo concreto es que puede quedarse con sus dos mascotas. El tribunal acogió el requerimiento argumentando que la comunidad vulnera su integridad psíquica y derecho a propiedad.

Según los expertos de El Diario Inmobiliario, la normativa señala que no existe impedimento legal para que los residentes de las comunidades puedan tener mascotas en sus departamentos. Así lo establece la nueva Ley de Copropiedad de 2022 en su artículo 8, letra B.

El párrafo señala: “El reglamento de copropiedad de un edificio no podrá prohibir la tenencia de mascotas y animales de compañía por parte de copropietarios arrendatarios u ocupantes del condominio, dentro de las respectivas unidades”.

Lo que hay que saber, es que la norma sobre tenencia responsable de mascotas puede adaptarse respecto a espacios comunes del edificio.

Otra de las indicaciones señala que si bien no se limita la cantidad de habitantes en el hogar, se autorizan dentro de la vivienda siempre que ésta sea adecuada al entorno, higiene y su superficie. Asimismo, se condiciona que se cumpla la Ley de Tenencia Responsables de mascotas y animales de compañía (Ley Cholito).

Identificación y datos de contacto deben siempre estar señalados en el collar del perro o gato y, por ejemplo, si está en espacios comunes, en ningún caso se les puede asear o dejar que hagan sus necesidades en el sector.

En lo que respecta a multas si no se cumple con el reglamento de copropiedad la multa va de 1 a 5 UTM si se incumple la ley de tenencia responsable los montos son de una a 30 UTM y puede contemplar penas de presidio entre 61 a 541 días e incluso la inhabilidad permanente para tener animales.

Fuente datos: El Diario Inmobiliario/Renato Herrera

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